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La Ley 32108, promulgada el 9 de agosto de 2024, modificó la tipificación del delito de organización criminal en Perú y endureció los requisitos para allanamientos, lo que ha sido cuestionado por gremios de transporte por presuntamente dificultar la lucha contra extorsiones y sicariato. Tras protestas nacionales, el Congreso aprobó modificaciones parciales mediante la Ley 32138 (octubre de 2024), pero la norma sigue vigente. Para las empresas de transporte, este escenario legal incrementa la exposición al crimen organizado y refuerza la necesidad de adoptar tecnología GPS de monitoreo en tiempo real, geocercas y trazabilidad documental como herramientas críticas de seguridad operativa.
La Ley 32108, promulgada en agosto de 2024 y modificada parcialmente en octubre del mismo año, ha generado una de las controversias más intensas del sector transporte peruano en los últimos años.
La norma redefine qué se considera organización criminal y endurece los procedimientos de allanamiento, lo que según gremios como Anitra y la Confiep ha limitado la capacidad del Estado para perseguir delitos como extorsión y sicariato, afectando directamente la seguridad operativa de las flotas de transporte.
En Zonar, llevamos más de una década acompañando a empresas peruanas de transporte de carga, pasajeros y logística en la gestión de riesgos operativos. En este artículo analizamos qué dice exactamente la Ley 32108, su estado actual tras las modificaciones de octubre de 2024, y cómo afecta las decisiones operativas, legales y tecnológicas de las flotas en Perú.
¿Qué es la Ley 32108?
La Ley 32108, promulgada el 9 de agosto de 2024, modifica el Código Penal, la Ley contra el Crimen Organizado y la Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares.
Su objetivo es redefinir las características que constituyen una organización criminal y establecer nuevos procedimientos para la adopción de medidas restrictivas en procesos penales.
Entre los cambios más significativos, la ley establece que para que una agrupación sea considerada organización criminal, debe tener como finalidad obtener el control de la cadena de valor de una economía o mercado ilegal, para obtener un beneficio económico.
Además, se exige la presencia obligatoria del abogado del investigado durante los allanamientos y registros, lo que ha generado críticas por parte de diversos sectores.
¿La Ley 32108 sigue vigente en 2026? Modificaciones aprobadas
Sí, la Ley 32108 sigue vigente en Perú, aunque con modificaciones aprobadas el 16 de octubre de 2024 mediante la Ley 32138, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de octubre de 2024.
El Congreso de la República rechazó los proyectos de derogación total presentados por seis bancadas y optó por una reforma parcial que no satisface las demandas de los gremios empresariales ni de los transportistas.
Los principales cambios introducidos por la Ley 32138 son
- Se ajustó la redacción del artículo 317.2 del Código Penal y del artículo 2 de la Ley 30077, manteniendo la nueva definición de organización criminal.
- Se mantuvo el requisito de presencia del abogado del investigado durante allanamientos, aunque se permite que la diligencia continúe con un defensor público mientras se espera al abogado particular.
- Se conservaron las limitaciones a las medidas excepcionales de inmovilización y bloqueo de cuentas en investigaciones preliminares.
Lo que esto significa para las empresas de transporte
A pesar de las modificaciones, el marco legal sigue siendo considerado por la Confiep, ComexPerú y los principales gremios de transporte como insuficiente para combatir eficazmente la criminalidad organizada.
Esto implica que las empresas de transporte de carga, pasajeros y maquinaria deben asumir que el escenario de inseguridad estructural se mantendrá en el corto y mediano plazo, y que la prevención operativa basada en tecnología, protocolos internos y trazabilidad documental será determinante para mitigar riesgos.
Impacto de la Ley 32108 en el sector transporte
El sector transporte ha manifestado su preocupación por la Ley 32108, argumentando que dificulta la lucha contra el crimen organizado y favorece a las bandas delincuenciales. Dirigentes de gremios de transportistas han señalado que la ley ha dado más pie a las extorsiones y han exigido su derogación.
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La modificación en la tipificación del delito de organización criminal podría excluir actividades delictivas como la extorsión y el sicariato, lo que, según expertos, podría desencadenar un aumento en la frecuencia y gravedad de estos delitos, ya que los infractores perciben una disminución considerable de los riesgos asociados con sus actividades ilícitas.

Críticas a la Ley 32108 y pedidos de derogación
Diversos gremios empresariales, transportistas y comerciantes han exigido la derogación de la Ley 32108, argumentando que obstaculiza la persecución de delitos graves y debilita la lucha contra el crimen organizado.
Según una nota del diario Infobae, el presidente de la Asociación Nacional de Integración de Transportistas (Anitra), Martín Valeriano, afirmó que su gremio pedirá al Congreso y al Gobierno la derogatoria de la ley, considerando que ha facilitado el trabajo de los delincuentes al limitar las acciones policiales.
Además, la ley ha sido criticada por vulnerar el principio de legalidad penal, al establecer requisitos restrictivos para la tipificación del delito de organización criminal, lo que podría generar inseguridad jurídica y dificultar la labor de las autoridades en la lucha contra el crimen organizado.
Riesgos operativos concretos que enfrentan las flotas bajo el escenario actual
Más allá del debate político y jurídico, la Ley 32108 y su contexto de aplicación generan riesgos operativos tangibles que afectan directamente la rentabilidad y continuidad de las empresas de transporte en Perú.
Desde nuestra experiencia trabajando con flotas en Lima, Callao, La Libertad, Arequipa y zonas mineras, estos son los riesgos más recurrentes que observamos hoy:
- Aumento de extorsiones a conductores y empresas: los gremios de transportistas reportan incrementos sostenidos en cobros extorsivos, especialmente en transporte interprovincial, urbano y de carga en corredores logísticos críticos.
- Mayor frecuencia de robos a vehículos de carga: la percepción de menor riesgo penal por parte de las bandas delictivas se traduce en operaciones más audaces sobre cargas de valor en ruta.
- Costos operativos crecientes: las empresas absorben gastos adicionales por seguros, seguridad privada, escoltas en rutas críticas y rotación de personal afectado.
- Dificultades para retener conductores: la presión psicológica sobre los conductores aumenta la rotación de personal capacitado y eleva los costos de reclutamiento y formación.
- Inseguridad jurídica en investigaciones: cuando ocurre un siniestro o robo, las nuevas restricciones procesales pueden ralentizar las investigaciones, dificultando la recuperación de mercadería y la documentación necesaria para reclamos a aseguradoras.
- Presión sobre primas de seguro: las aseguradoras peruanas están ajustando primas y coberturas en respuesta al incremento de incidentes en rutas específicas.
Comprender estos riesgos permite a las empresas dimensionar adecuadamente sus inversiones en prevención y construir un caso interno sólido para adoptar tecnología de monitoreo y trazabilidad.
Tecnología Zonar para cada operación
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Solución para empresas de transporte escolar, turístico y especial. Botón de pánico, control de velocidad y rutas predefinidas.
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Posición del Congreso y el Gobierno
A pesar de las críticas y las protestas del sector transporte, el Congreso ha decidido no derogar la Ley 32108. La Junta de Portavoces acordó discutir todas las propuestas sobre seguridad ciudadana en una sesión extraordinaria, pero hasta el momento no se ha llegado a un consenso para derogar la ley.
El Gobierno, por su parte, ha decretado el estado de emergencia en varios distritos de Lima Metropolitana y el Callao, ante la ola de violencia y extorsiones que afecta al sector transporte. Sin embargo, los gremios de transportistas consideran que estas medidas no son suficientes y continúan exigiendo la derogación de la Ley 32108.
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Zonar: tecnología para enfrentar los desafíos del transporte
Frente a la inseguridad y los desafíos legales, contar con herramientas tecnológicas que permitan una gestión eficiente y segura del transporte es fundamental. Zonar ofrece soluciones de monitoreo en tiempo real, control de rutas y análisis de datos, que permiten a las empresas de transporte mejorar su operatividad y enfrentar los riesgos asociados al crimen organizado.
La implementación de sistemas de trazabilidad y control permite a las empresas anticiparse a posibles amenazas, optimizar sus recursos y garantizar la seguridad de sus operaciones. En un entorno legal complejo, como el generado por la Ley 32108, contar con aliados tecnológicos como TSO Mobile puede marcar la diferencia en la sostenibilidad y éxito del negocio.
La Ley 32108 ha generado un intenso debate en el Perú, especialmente en el sector transporte, que se ve directamente afectado por las modificaciones en la tipificación del delito de organización criminal.
Mientras el Congreso y el Gobierno evalúan las medidas a tomar, es crucial que las empresas del sector adopten herramientas tecnológicas que les permitan enfrentar los desafíos actuales y garantizar la seguridad y eficiencia de sus operaciones ¡Contáctanos y comencemos!
Cómo la tecnología GPS complementa el marco legal vigente
Mientras el debate sobre la Ley 32108 continúa en el Congreso y los gremios mantienen la presión por su derogación total, las empresas de transporte en Perú no pueden esperar a que el marco legal cambie para proteger sus operaciones.
La tecnología de rastreo satelital y gestión de flotas se convierte en una capa de defensa operativa que complementa lo que la ley actual no garantiza. Desde Zonar hemos verificado en operaciones reales con flotas peruanas que las siguientes capacidades aportan valor concreto en el escenario actual:
- Monitoreo satelital en tiempo real: permite detectar desvíos, paradas no autorizadas y comportamientos anómalos del vehículo antes de que escalen a incidentes graves.
- Geocercas y rutas predefinidas: alertan automáticamente cuando un vehículo sale de zonas seguras o ingresa a corredores de alto riesgo.
- Botón de pánico y alertas silenciosas: permiten al conductor solicitar ayuda sin alertar a los agresores, conectando directamente con centrales de monitoreo y autoridades.
- Bloqueo remoto del vehículo: ante un robo confirmado, permite inmovilizar el vehículo desde la plataforma de control, dificultando su traslado y favoreciendo la recuperación.
- Trazabilidad documental completa: cada evento queda registrado con fecha, hora, ubicación y velocidad, generando evidencia crítica para investigaciones policiales, reclamos a seguros y procesos judiciales.
- Reportes para autoridades y aseguradoras: los datos del GPS son admisibles como medio probatorio y aceleran la gestión de denuncias y reclamos en un contexto donde los tiempos de investigación tienden a alargarse.
- Análisis de patrones de riesgo: la inteligencia agregada de la flota permite identificar zonas, horarios y rutas con mayor incidencia de eventos para ajustar la operación.
En un escenario legal como el que plantea la Ley 32108, donde las herramientas del Estado están limitadas, la capacidad de una empresa para anticipar, registrar y responder ante incidentes con datos verificables se convierte en una ventaja operativa y legal decisiva.

Fuente, Ley 32108. https://puntoedu.pucp.edu.pe/coyuntura/ley-32108-crimen-organizado-congreso-ha-generado-incentivos-para-organizaciones-delictivas/
Fuente, Apuntes sobre la inconstitucionalidad de la Ley 32108 de crimen organizado. https://facultad-derecho.pucp.edu.pe/ventana-juridica/apuntes-sobre-la-inconstitucionalidad-de-la-ley-32108-de-crimen-organizado/
Fuente, Ley 32108. https://rpp.pe/peru/actualidad/tiene-que-ser-derogada-dirigente-de-transportistas-advierte-que-la-ley-n0-32108-del-congreso-ha-dado-mas-pie-a-la-extorsion-noticia-1588004
Fuente, La derogación de la Ley 32108. https://www.infobae.com/peru/2024/10/13/la-derogacion-de-la-ley-32108-quienes-la-piden-y-por-que-se-dice-que-favorece-al-crimen-organizado/






